1. La presente Ley regula la subcontratacion en el sector de la construccion y tiene por objeto mejorar las condiciones de trabajo del sector, en general, y las condiciones de seguridad y salud de los trabajadores del mismo, en particular.
2. Lo previsto en esta Ley se entiende sin perjuicio de la aplicacion a las subcontrataciones que se realicen en el sector de la construccion de lo dispuesto en el articulo 42 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, y en el resto de la legislacion social.
La presente Ley entrara en vigor a los seis meses de su publicacion en el «Boletin Oficial del Estado» (19 Abril 2007)
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