18/09/2017
Se hacen dos modificaciones del Real Decreto de 5 de abril de 2014 sobre el procedimiento de certificación de la eficiencia energética de los edificios.
La primera modificación se basa en la definición del término “edificio de consumo de energía casi nula” que ahora queda recogida en la ley en coincidencia con las exigencias recogidas en la citada Directiva comunitaria.
La segunda modificación afecta a algunos edificios que quedaban excluidos del ámbito de aplicación del Real Decreto, en este caso, la modificación supone que determinados edificios protegidos oficialmente, a partir de ahora sí tendrán que contar con un certificado de eficiencia energética.



