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InicioConstrupediaGuía de Actuación para el Control del Cumplimiento de la Normativa Sobre el Riesgo de AmiantoUtilización de Protocolos para Cumplimiento de Normativa sobre Riesgo de Amianto

Utilización de Protocolos para Cumplimiento de Normativa sobre Riesgo de Amianto

ANED.JPGNota: Este artículo ha sido creado gracias a la ANED y el SLIC en el marco del Programa de Afiliados de la Construpedia. El contenido está disponible en el sitio web de ANED

¡Atención! Esté artículo está sujeto a Derecho de Autor.

Una característica que ya es habitual de las campañas europeas es que las actuaciones inspectoras se deben formalizar mediante la cumplimentación de unos protocolos a partir de los cuales los Estados Miembros emiten un informe global con los resultados de las inspecciones realizadas y que es común para todos, con el objeto de
poder contrastar los resultados.

En consecuencia, para el desarrollo de la campaña se han preparado tres protocolos. La aplicación de uno u otro dependerá de los trabajos realizados por la empresa inspeccionada y por el tipo de materiales con contenido de amianto presentes en el lugar de trabajo.

Protocolo Relativo a Demoliciones, Mantenimiento y Retirada de Amianto o Productos que Contengan Amianto (amianto cemento o productos no friables)

Se utilizará cuando la empresa objeto de inspección realice trabajos de retirada de amianto-cemento u otros materiales de amianto no friable, demolición de estructuras o edificios que contengan amianto no friable, desmantelamiento o trabajos de reparación o mantenimiento de instalaciones o equipos que contengan amianto no friable.

Se consideran materiales no friables aquellos materiales y/o productos que contienen amianto fuertemente ligado con productos aglomerantes, por lo que no son susceptibles de liberar fibras.

Entre ellos destacan: juntas planas; elementos de amianto cemento (placas onduladas, tuberías de fibrocemento…); elementos de amianto vinilo; productos de estanqueidad; elementos de fricción.

Protocolo Relativo a la Eliminación de Productos que Contienen Amianto Débilmente Mezclado (productos friables)

Se utilizará cuando la empresa objeto de inspección realice trabajos de retirada de materiales de amianto friable, demolición de estructuras o edificios que contengan amianto friable, desmantelamiento o trabajos de reparación o mantenimiento de instalaciones o equipos que contengan amianto friable.

Se consideran materiales friables los siguiente: flocados; calorifugados; borra de amianto sin embalar; trenzados y rodetes de amianto; cartones de amianto; adhesivos y morteros de densidad inferior a 1; fieltros de amianto; filtros para aire, gas y líquidos y productos rígidos compuestos de materiales friables situados entre materiales que no contienen amianto pero cuya superficie esté degradada, por lo que son considerados igualmente como friables.

Protocolo Relativo a la Eliminación y Gestión de Residuos o Materiales que Contienen Amianto (materiales friables o no friables)

Se empleará cuando la empresa objeto de inspección lleve a cabo tareas de transporte, almacenamiento y gestión de residuos que contienen amianto.

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