El contenido de la presente Norma 8.1-IC se refiere a la senalizacion vertical de las carreteras, no estando incluida la senalizacion de obras.
La presente Norma no sera de aplicacion a vias urbanas, excepto travesias, que se regiran por su normativa especifica siendo recomendable que en tramos urbanos y travesias se utilice dicha normativa.
En un sentido amplio, la senalizacion vertical de las carreteras comprende un conjunto de elementos destinados a informar y ordenar la circulacion por las mismas.