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Orden 14/05/1990

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La presente Instruccion tiene por objeto facilitar normas y recomendaciones para proyectar, construir y conservar adecuadamente los elementos del drenaje superficial de una carretera.

El drenaje superficial comprende:

  • La recogida de las aguas -pluviales o de deshielo- procedentes de la plataforma y sus margenes, mediante caces, cunetas y sus imbornales y sumideros.
  • La evacuacion de las aguas recogidas -eventualmente a traves de arquetas y colectores longitudinales- a cauces naturales, a sistemas de alcantarillado o a la capa freatica, bien sea directamente, bien sea a traves de obras de desague transversal o canalizaciones a cielo abierto o enterradas.
  • La restitucion de la continuidad de los cauces naturales interceptados por la carretera, mediante su eventual acondicionamiento y la construccion de obras de drenaje transversal.

La presente Instruccion no proporciona informacion sobre:

  • El drenaje profundo, relativo a las aguas subterraneas.
  • El drenaje de firme, relativo a las aguas en el infiltradas.
  • Los problemas especificos de hidraulica fluvial o costera.

Articulo Relacionado

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Instruccion 5.1.IC – Drenajes

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Normativa de Carreteras

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