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Forjados Industrializados

Estructuras de Hormigon Armado
Los Forjados Industrializados son aquellos en los cuales se utilizan elementos resistentes total o parcialmente prefabricados.

Requisitos para su Uso

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El uso de los forjados industrializados esta regulado por el Decreto de Presidencia de Gobierno de fecha 20/01/1966, y exige la previa obtencion de una autorizacion de uso otorgada por el Ministerio de la Vivienda; esta autorizacion rige por tres anos, despues de ese tiempo, debe volver a gestionarse.

Se exceptuan de autorizacion los elementos de pisos y cubiertas proyectados para la obra por el Arquitecto o Ingeniero de Grado Superior, autor del proyecto y director de la obra.

Memoria Tecnica

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Dicha autorizacion se solicita por el fabricante en instancia dirigida al Director General de Arquitectura, Economia y Tecnica de la Construccion del Ministerio de la Vivienda. La misma debe acompanarse por una Memoria Tecnica del sistema, confeccionada y firmada por un Arquitecto o Ingeniero de Grado Superior y por el fabricante, deben agregarse tambien las fichas de todos los elementos del sistema.

La Memoria Tecnica comprende los siguientes items:

  • Descripcion del Sistema Empleado.
  • Designacion y descripcion de los elementos empleados.
  • Caracteristicas y mecanicas que reune cada material con garantia del fabricante.
  • Calculo de todos los elementos resistentes.
  • Caracteristicas mecanicas para cada tipo de elemento del sistema con garantia del fabricante; con las disposiciones para su uso.

Todo lo expresado tendra que ajustarse a las Reglamentaciones y Normas Vigentes en Espana.

Pruebas Experimentales

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La Direccion General de Arquitectura, Economia y Tecnica de la Construccion examina la Memoria Tecnica y las fichas de cada uno de los elementos. Si se aprueba que el sistema cumple las condiciones de seguridad exigidas, se indicara al fabricante que realice las pruebas experimentales a su costa.

Si las pruebas experimentales se realizan con exito, se expide la autorizacion de uso enviando al fabricante un ejemplar de cada ficha autorizada y otro ejemplar a la Direccion General de Industrias para la Construccion del Ministerio de Industria.

La autorizacion de uso se refiere solo a los elementos expresados y definidos en las fichas autorizadas. Las modificaciones , ya sea de forma, dimensiones, materiales, etc., que pretendan introducirse por el fabricante, requieren de la presentacion de una nueva instancia, con una Memoria Tecnica Adicional y las fichas de los nuevos elementos para nueva autorizacion.

Requisitos

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Cada vigueta o elemento resistente prefabricado, debe llevar con marca indeleble y en sitio visible el nombre del sistema, la designacion de su tipo que corresponda a las caracteristicas mecanicas garantizadas en su ficha correspondiente y la fecha de fabricacion.

Todo elemento que requiera de condiciones especiales de empleo o colocacion, debe llevar marcadas las indicaciones de forma indeleble.

Garantia del Fabricante

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El fabricante debe expedir la garantia de que los elementos suministrados cumplen con las caracteristicas correspondientes a su designacion, segun la autorizacion de uso, y es el responsable de los perjuicios que pudieran ocasionarse por falta de este cumplimiento.

Para garantizar esto, debera tener un tecnico responsable al frente de la fabricacion y contara ademas con un laboratorio minimo de ensayos de materiales y de viguetas a flexion.

El fabricante debe insertar en un sitio visible de todos los documentos utilizados para sus relaciones con el exterior, tanto comerciales como tecnicas y el numero de Autorizacion de Uso expedida por el Ministerio de la Vivienda.

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