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Ecoetiquetas y Declaraciones Ambientales

Template:Buenas Practicas Ambientales
Guia General de Buenas Practicas Ambientales para el Jefe de Obra

Las ecoetiquetas y las declaraciones ambientales son una herramienta que permite manifestar mediante enunciados, simbolos o graficos la interaccion con el medio ambiente de un producto o servicio, siendo su objetivo principal el de informar al usuario de que un determinado articulo tiene una incidencia ambiental adversa menor que otros productos de su misma categoria; es decir, que son ambientalmente preferibles a otros con una funcion equivalente.

Sin embargo, a la hora de decantarnos por un articulo en concreto debemos saber que nos enfrentamos a las ecoetiquetas reglamentadas y a las no reglamentadas. Las primeras son otorgadas por un organismo oficial y, por tanto, ofrecen una mayor credibilidad, mientras que las segundas son autodeclaraciones ambientales que los fabricantes hacen de sus propios productos.

A continuacion haremos un breve repaso por los distintos tipos de ecoetiquetas y logotipos con la intencion de familiarizarnos con ellos y facilitar la toma de decisiones.

Etiquetas no reglamentadas

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Forman parte de este grupo las etiquetas de tipo II (ISO 14021:1999) y suelen caracterizarse por tener poca fiabilidad debido a que no estan sometidas a la verificacion por una tercera parte u organismo reconocido. En definitiva, dependen
exclusivamente de los beneficiarios de dichas declaraciones (fabricante, distribuidor, importador, etc.) y generalmente se colocan como un argumento de venta, aprovechando que en nuestro entorno se tienen en consideracion, cada vez mas, la ecologia y el medio ambiente.

A pesar de que la ISO 14021:1999 especifica los requisitos relativos a las autodeclaraciones ambientales, en ella no se definen simbolos concretos para cada uno de los aspectos ambientales que se pretenden destacar, con lo que la proliferacion de diferentes distintivos, en muchas ocasiones muy similares entre si, rara vez son interpretados con precision por parte del usuario debido a una ambiguedad que suele confundirnos y, en ocasiones, hacer que usemos productos que no ofrecen ningun tipo de garantia desde el punto de vista ambiental.

En la tabla adjunta se resumen algunas recomendaciones y algunos terminos habituales que nos pueden servir de ayuda para interpretar las etiquetas de tipo II.

Etiquetas reglamentadas

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Dentro de las etiquetas reglamentadas podemos distinguir entre las de tipo I y las de tipo III. Ambas ofrecen serias garantias, pues a diferencia de lo que ocurria con las de tipo II (mencionadas en el apartado anterior y en las que la veracidad se cenia exclusivamente al criterio del fabricante o distribuidor), para este tipo de distintivo es necesaria la existencia de un organismo competente que valide el cumplimiento de una serie de requisitos preestablecidos.

Actualmente existe una extensa gama de productos de construccion con etiquetas del tipo I (etiqueta ecologica europea, distintivo de garantia de calidad ambiental de AENOR Medio Ambiente, etc.). Sin embargo las de tipo III aun no estan del todo implantadas pues todavia no existe una regulacion comun.

En este sentido, tanto a nivel internacional como europeo, se esta elaborando normativa al respecto y es muy probable que a corto o a medio plazo podamos encontrar productos avalados con este tipo de ecoetiqueta.

Etiquetas ecologicas y declaraciones ambientales. Tipo I

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Son aquellas etiquetas que cumplen con los criterios definidos por la norma ISO 14024:1999. Responden a un programa especifico en el que una tercera parte define los requisitos a cumplir para diferentes categorias de productos (pinturas, aislantes, griferia, adhesivos, mobiliario, etc.). Estos requisitos los verifica el organismo que otorga la licencia y la autorizacion a un fabricante o distribuidor para usar una determinada etiqueta ecologica que garantiza al usuario que, desde el punto de vista ambiental, un producto es preferible a otro de su misma categoria.

Por ejemplo, en el caso de la etiqueta ecologica europea existe una clase de productos correspondiente a las pinturas y barnices de interior, que comportan una serie de mejoras ambientales, sintetizadas en los puntos siguientes:

  • Reduccion de la cantidad de pigmento blanco, garantizando una cobertura suficiente.
  • Aplicacion de criterios ecologicos estrictos en la produccion de los pigmentos.
  • El producto contiene una cantidad menor de disolventes.
  • No contiene metales pesados ni substancias toxicas carcinogenas.

A continuacion presentamos, a modo de ejemplo, algunas de las etiquetas de tipo I existentes, para familiarizarnos con los distintos logos y categorias de productos que pueden ser de utilidad durante la ejecucion de una obra de construccion.

Los beneficios ambientales exigidos a un determinado material o producto estan siempre a disposicion de los usuarios y pueden descargarse o solicitarse desde las diferentes paginas web de cada una de las entidades que otorgan este tipo de sello.

Recordemos que la transparencia es un requisito esencial para que las ecoetiquetas resulten de utilidad.




Etiquetas ecologicas y declaraciones ambientales de producto. Tipo III

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Este tipo de certificacion tiene la finalidad de aportar informacion cuantitativa de los distintos impactos ambientales que puede ocasionar un producto de construccion a lo largo de su ciclo de vida. Se entiende como ciclo de vida el conjunto de estadios o etapas por el que atraviesa un producto, desde la extraccion o adquisicion de las materias primeras necesarias para su fabricacion hasta su disposicion final en vertedero o central de reciclaje una vez acabada su vida util.

Es, sin duda, el distintivo ambiental mas interesante porque aporta una gran informacion sobre la incidencia que tiene un producto en nuestro entorno. Mas que una ecoetiqueta propiamente dicha, se trata de una documentacion similar a las fichas de seguridad que deben acompanar a los productos peligrosos descritas en el capitulo siguiente. Las declaraciones ambientales de producto, -DAP- , sin embargo, se diferencian de las anteriores porque no son documentos obligatorios y cualquier fabricante puede optar a ellas, independientemente de si comercializa un material
peligroso o no.

En resumen, las DAP o declaraciones ambientales de producto proporcionan informacion ambiental cuantitativa para posibilitar la comparacion entre productos de su misma clase, es decir, destinados a realizar funciones similares. Es por tanto imprescindible que existan criterios comunes respecto al tipo de informacion que cada fabricante debe contemplar en sus declaraciones.

La regulacion de este tipo de documentos esta contemplada en la ISO 14025, en desarrollo durante la redaccion del presente texto. Sin embargo, paises como Francia, el Reino Unido o Italia, ya han adoptado regulaciones especificas que afectan a las declaraciones ambientales de productos de construccion y hoy en dia podemos encontrar productos en el mercado que se benefician de este tipo de certificacion y que aportan informacion como:

  • La cantidad de recursos naturales necesarios para la fabricacion.
  • La cantidad de energia utilizada durante la fabricacion.
  • La cantidad de residuos generados, etc.

Como ya hemos mencionado, para posibilitar la comparacion de productos de construccion de la misma categoria, es necesaria la unificacion de criterios tanto a nivel internacional como europeo (conceptos, estructura, tipo de informacion facilitada, unidades de medida, etc.). Esta es la tarea actual de los distintos comites tecnicos de normalizacion que forman parte de los equipos de trabajo que desarrollan las DAP, y se preve que antes de 2010 puedan estar en fase de conversion en norma ISO, de ambito internacional, o EN, de ambito europeo.

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