| Nota: Este artículo ha sido creado gracias a la Fundación Laboral de la Construcción en el marco del Programa de Afiliados de la Construpedia. El contenido pertenece a la publicación Aspectos prácticos de la Ley de Subcontratación en las Obras de Construcción disponible en el sitio web Fundación Laboral de la Construcción ¡Atención! Esté artículo está sujeto a Derecho de Autor. © Fundación Laboral de la Construcción. |
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La promulgación de la Ley 32/2006, de 18 de octubre, reguladora de la subcontratación en el sector de la construcción (LSSC), ha supuesto un hito en las relaciones jurídico-laborales del sector y también en la prevención de riesgos laborales en las obras, tanto en sus vertientes propiamente preventivas y tutelares como administrativas y de gestión.
No sólo eso; ha supuesto un cambio de enfoque en las formas de contratación mercantil al imponer limitaciones a la libertad de contratación y en la autonomía de la voluntad.
Dichas restricciones no son absolutas y están justificadas de acuerdo con los intereses jurídicos objeto de protección, como la mejora de las condiciones de trabajo y empleo de los trabajadores que desarrollan su actividad laboral en las obras y, en particular, las de seguridad y salud laboral.
Índice
- Introducción
- Mapa Conceptual
- Antecedentes de la Ley
- Motivos de la Ley
- Resumen
- Terminología
- Índice de abreviaturas









